El Fiscal Jefe de la Corte Penal Internacional (CPI), Luis Moreno Ocampo, afirma que la CPI no tiene jurisdicción para investigar presuntos crímenes de guerra perpetrados por Israel en Gaza. El pedido de organizaciones palestinas defensoras de los derechos humanos para que se investiguen las actividades israelíes en la Franja de Gaza no conducirá a ninguna medida por parte de la Corte.
Al fiscal de la CPI le es imposible abrir una investigación sobre supuestos crímenes de guerra cometidos por Israel durante el actual conflicto en la Franja de Gaza. Luis Moreno Ocampo declaró esta semana que la jurisdicción de la Corte se limita a crímenes de guerra, de lesa humanidad y genocidio perpetrados por un país miembro de la Corte, o en el territorio de uno de dichos países.
"En la actualidad, la CPI carece de tal jurisdicción en Gaza", explica Moreno Ocampo. "Sólo puede investigar posibles crímenes de guerra si Israel acepta voluntariamente la jurisdicción de la Corte, o si es el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas el que deriva el caso a la CPI."
Varias son las organizaciones humanitarias y de derechos humanos que afirman que las acciones de Israel en Gaza podrían catalogarse como crímenes de guerra. Sin embargo, debido a que Israel nunca ratificó el estatuto de la CPI, y a que la Franja de Gaza no es considerada una "nación" por la Corte, las acciones de los ciudadanos israelíes no caerían bajo su jurisdicción.
El anuncio del fiscal se produjo luego que un grupo palestino defensor de los derechos humanos, la Coalición Internacional Contra la Impunidad, solicitara a la CPI la investigación sobre "los centenares de palestinos muertos y heridos, incluyendo mujeres y niños". La organización quería llevar a juicio a los líderes israelíes y norteamericanos bajo la acusación de crímenes de guerra.
En la actualidad, sólo el Consejo de Seguridad puede derivar el caso a la Corte Penal Internacional. Sin embargo, con Estados Unidos, aliado de Israel, como miembro permanente de la Corte, tal decisión es improbable.
Corte Internacional de Justicia
La Asamblea General de Naciones Unidas, que se reunirá a la brevedad para tratar este problema, está considerando solicitar una opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia, otra entidad jurídica en La Haya. La CIJ cumple dos funciones: resolver disputas entre Estados y dar opiniones consultivas sobre temas legales. Si bien éstas no tienen un carácter vinculante, gozan de peso por la autoridad y prestigio de la Corte.
Es probable que Israel rechace vigorosamente una opinión de tal índole por parte de la CIJ, como ya lo hizo en un caso anterior, cuando la Corte sentenció que la construcción del muro en territorios palestinos constituía una violación de las obligaciones de Israel bajo la legislación humanitaria internacional.
Traducción: Hugo Copes





























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