Un juez de instrucción argentino dispuso que José Alfredo Martínez de Hoz, ex ministro de Economía de la última dictadura militar argentina (1976-1983), sea trasladado nuevamente a una clínica privada de la ciudad de Buenos Aires.
El magistrado hizo lugar a una presentación realizada por la familia de Martínez de Hoz un día después de que el juez federal Norberto Oyarbide rechazara el pedido de arresto domiciliario y ordenara que fuera alojado en una cárcel común.
El jueves, el ex funcionario de la dictadura argentina había sido trasladado al penal de la localidad de Ezeiza, a unos 30 kilómetros de la capital del país. Martínez de Hoz, que permanecía internado en una clínica de Buenos Aires luego de una operación, está imputado por el secuestro con extorsión del empresario Federico Gutheim y de su hijo Miguel, ocurrido en 1976. Ahora, un juez de instrucción dispuso el traslado del ex ministro de Economía del último gobierno militar desde el penal de Ezeiza al Sanatorio De los Arcos, ubicado en el barrio porteño de Palermo.
"Sentimos extrañeza por esta resolución de un juez que no es el competente y que, sin haberle dado intervención a ninguna de las partes, salvo a la defensa de Martínez de Hoz, lo autorizó", dijo el subsecretario de Derechos Humanos de la Nación, Luis Alén, luego de conocer la decisión del juez Baños de hacer lugar al habeas corpus presentado por la defensa de Martínez de Hoz. "Sorprende que sin ser del fuero federal, que es el que tiene las causas, sin tener conocimiento del expediente y de los exámenes que existen, haya resuelto favorablemente la petición de la defensa", agregó. El funcionario aseguró que "se le está otorgando un privilegio del que no gozan otros detenidos en las mismas situaciones".
El 4 de mayo, el juez Oyarbide había ordenado la detención de Martínez de Hoz, una semana después de que la Corte Suprema de Justicia declarara inconstitucionales los indultos concedidos en 1990 al ex ministro y al dictador Jorge Rafael Videla. Ese día, Martínez de Hoz había sido trasladado a la clínica porteña bajo custodia policial, para someterse a diversos análisis. La defensa había solicitado que le concedieran la prisión domiciliaria en virtud de su edad y de su estado de salud, beneficio contemplado por la ley argentina para los mayores de 70 años.
Cárceles comunes o arresto domiciliario
Desde que se derogaron las leyes que impedían el juzgamiento y la sanción penal de los crímenes cometidos durante la última dictadura militar argentina, y hasta diciembre del año pasado, 634 personas fueron procesadas por esos delitos. De acuerdo con los datos relevados por la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las Causas por Violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el Terrorismo de Estado, 73 personas ya han sido juzgadas: 66 fueron condenadas, y 7 absueltas. Debido a la impunidad que garantizaban las normas derogadas, los condenados son pocos, y los que tienen sentencia firme, menos aún. La mayoría de los imputados está en situación de prisión preventiva.
A su vez, algunos fueron favorecidos por un beneficio que la ley argentina contempla para los imputados mayores de 70 años: que cumplan la prisión preventiva o la condena mediante el arresto domiciliario. Como se trata de un beneficio que puede concederlo el juez para cada caso en particular, la jurisprudencia está dividida. Algunos magistrados, por ejemplo, interpretan que la edad no da derecho a gozar automáticamente del beneficio del arresto domiciliario, sino que consideran necesario verificar otras circunstancias, como el estado de salud del imputado.
En una primera etapa de la persecución penal de estos crímenes, los jueces argentinos solían enviar a los detenidos -procesados o condenados- a las unidades militares o policiales, que no eran los lugares previstos por la ley para albergarlos. Los organismos de derechos humanos comenzaron a reclamar que se cumpliera la ley y que los presos por estos crímenes fueran enviados a cárceles comunes.
El caso Febres
Un caso paradigmático fue el de Héctor Febres, un ex prefecto acusado de haber torturado en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), uno de los centros clandestinos de detención más grandes del régimen militar. Febres estaba detenido con prisión preventiva en una dependencia de la Prefectura Naval, la fuerza a la que él había pertenecido. El 10 de diciembre de 2007, fue encontrado muerto en su lugar de detención, unos días antes de que se conociera su sentencia. La autopsia reveló que había sido envenenado con cianuro. Hoy, los responsables de su detención están procesados por incumplir sus deberes de custodia.
A partir de la muerte de Febres, que también reveló la existencia de comodidades y privilegios para quienes estaban alojados en dependencias militares, muchos jueces empezaron a disponer la detención de los procesados en cárceles comunes. Sin embargo, en la provincia de Córdoba, por ejemplo, hubo mucha resistencia para que los procesados o condenados por crímenes cometidos durante la dictadura fueran a cárceles comunes, y durante mucho tiempo permanecieron en unidades dependientes del Ejército o de la Marina.
Hoy, quienes no reciben el beneficio del arresto domiciliario están detenidos en lugares que dependen del Servicio Penitenciario Nacional. En algunas cárceles, como sucede en el penal de Marcos Paz, a 50 kilómetros de la ciudad de Buenos Aires, los imputados por delitos cometidos durante el terrorismo de Estado tienen un pabellón específico: allí lo llaman el "pabellón de lesa humanidad". Si bien la decisión de mantenerlos separados del resto de los detenidos es discutible, se trata de una práctica que en el Servicio Penitenciario existe desde siempre: dividir las unidades penitenciarias en pabellones según los delitos que se les imputan a los presos.
¿Privilegios para detenidos?
Creada en 2007, la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las Causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el Terrorismo de Estado tiene como objetivo realizar un relevamiento y seguimiento constante de las causas en las que sean investigados hechos vinculados con la violación de los derechos humanos durante el último período de facto, cualquiera sea su estado procesal. Esta unidad, que depende del Ministerio Público Fiscal, realiza un diagnóstico acerca de cuáles son los grados de avance y los problemas que pueden surgir en el desarrollo de esas causas, para poder establecer criterios de actuación para los fiscales que intervienen. Una de las características de los juicios por crímenes cometidos durante la última dictadura es su dispersión: a nivel nacional, existen hechos que están vinculados entre sí pero que muchas veces son analizados por separado por los jueces, lo cual produce una dispersión de la prueba y una demora en los tiempos de resolución.
De acuerdo con el último relevamiento realizado por esta Unidad Fiscal, actualmente no hay ningún detenido en unidades militares argentinas por delitos cometidos durante la dictadura. El coordinador de la Unidad Fiscal, Pablo Parenti, explica que la custodia de los detenidos, en todos los casos, depende del Servicio Penitenciario Federal. "Los fiscales y jueces pueden hacer visitas carcelarias puntuales, pero el funcionamiento específico y diario corresponde a las autoridades del Poder Ejecutivo y el Servicio Penitenciario Federal", aclara.
Parenti confirma que las denuncias por privilegios e irregularidades se detectaron especialmente cuando estaban alojados en dependencias militares, donde muchas veces eran custodiados por otros miembros de las fuerzas que tenían grados militares inferiores a los del detenido. "Ahí sí gozaban de privilegios, sobre todo porque no habían perdido su grado militar. Una vez que están en el ámbito del Servicio Penitenciario, creemos que las condiciones de alojamiento son similares a las de otros detenidos", relata.
Sin embargo, el coordinador de la Unidad Fiscal reconoce que la situación es dispar en las distintas cárceles del país. "Es verdad que las cárceles no siempre tienen las mismas características. Hay lugares en donde los detenidos están hacinados. No es el caso de los detenidos por estas causas, que están en pabellones donde les garantizan todos los derechos. Tampoco se puede proponer que estén hacinados. Hay que observar que la ley se cumpla para todos los detenidos", concluye.
Campo de Mayo: cárcel del servicio penitenciario en dependencia militar
Si bien hoy no hay ningún detenido por delitos de lesa humanidad en unidades militares en Argentina, existe un caso curioso. En el cuartel militar de Campo de Mayo, que es una dependencia del Ejército, existe un lugar de alojamiento para detenidos por crímenes de lesa humanidad: el Instituto Penal de las Fuerzas Armadas. Hasta el año 2008, el Instituto, que estaba destinado como cárcel para estos imputados, dependía del Ejército, algo que resulta llamativo si se piensa que la guarnición militar de Campo de Mayo —la más grande del país— funcionó como centro de detención, tortura y maternidad clandestina durante la dictadura.
Pero ese año, los ministerios argentinos de Defensa y de Justicia y Derechos Humanos firmaron un convenio por el cual el Instituto Penal de las Fuerzas Armadas pasó a la órbita del Servicio Penitenciario Federal, encargado de la custodia de los detenidos de todo el país. Hoy, si bien sigue estando dentro de un predio militar, la autoridad que custodia ese lugar ya no es el Ejército.
Sin embargo, el coordinador del equipo jurídico de Abuelas de Plaza de Mayo, Alan Iud, cree que, de alguna manera, sigue siendo un lugar de privilegio para los detenidos. "A partir de 2008, legalmente, en los papeles, pasa a ser una cárcel común. Pero, en los hechos, es una cárcel de privilegio porque todos los que están detenidos ahí son militares. De hecho, tan de privilegio es que son todos militares del Ejército. No hay policías ni miembros del Servicio Penitenciario, a pesar de que hay muchos policías o penitenciarios que están imputados en estos delitos. No hay tampoco ex personal de la Marina o de la Fuerza Aérea. Todos los que están ahí son del Ejército. Entonces, de hecho, es un lugar de privilegio", explica.
Por más información:
* Informe sobre juicio y condenas
(Fuente: Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación):
* Listado de condenados a diciembre de 2009
(Fuente: Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las Causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado):





























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