El continuo aumento de la emigración por razones medioambientales ha creado una nueva categoría, la de refugiados ecológicos. Su cantidad anual se estima en 50 millones, y causa creciente preocupación en instancias normativas.
Se espera que miles de personas huyan de la crisis nuclear en Japón, pero ¿los aceptarán otros países como refugiados ecológicos o nucleares, o como inmigrantes? ¿Estarán protegidos por la ley internacional? ¿Hay una esperanza para los refugiados nucleares japoneses, víctimas de un desastre causado por la mano del hombre? ¿Adónde pueden ir?
Refugiados con alta preparación
Mientras miles se han quedado sin hogar después del devastador terremoto, el tsunami y la crisis nuclear ocurridos en Japón, tanto habitantes como expatriados están abandonando el país. Se teme que el desastre dé origen a un flujo de refugiados altamente preparados, aterrorizados por una posible fusión nuclear accidental y desesperados por abandonar el país. Pero hay bastantes dudas acerca de adónde pueden ir esos refugiados y de si serán aceptados como refugiados ecológicos o inmigrantes con derechos específicos. El estatus de refugiado ecológico bajo la ley internacional es ahora el punto central del debate en instancias como el Consejo de Seguridad de la ONU, el Comité Internacional de la Cruz Roja y el Parlamento Europeo.
El término ‘refugiado ecológico’ fue acuñado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) en 1981. Actualmente, Suecia y Finlandia reconocen a los inmigrantes ecológicos como personas “necesitadas de protección”. La definición se estableció después del accidente nuclear de Chernóbil, en 1986. El ex Representante Especial de las Naciones Unidas en Sudán, Jan Pronk, sugiere que los ‘refugiados nucleares’ podrían ser incorporados a esa categoría después de la crisis de Japón. “El camino está abierto para una discusión internacional ante la posibilidad de muchos más refugiados de ese tipo en el mundo”, comentó.
Desastre causado por acción humana
Sin embargo, Etienne Piguet, de la Unión Geográfica Internacional, no está de acuerdo, pues considera que los emigrantes ecologistas no gozan de la protección de la Convención de las Naciones Unidas para Refugiados, ni siquiera si son víctimas de un desastre causado por acción humana.
“Legalmente no existe una definición de refugiado ecológico, y la Convención de 1951 no reconoce una perturbación medioambiental como una razón para que se otorgue un estatus de refugiado. Ley internacional no los contempla porque, hasta ahora, no existe un estatus para inmigrantes o refugiados ecológicos,” sostiene Piquet
Piguet agrega que no existe norma que obligue a un país a aceptar ciudadanos japoneses que buscan refugio por el accidente nuclear. “No existe una base para concederles un estatus como el de refugiado. Pero, al mismo tiempo, se trataría de una crisis humanitaria, y, en ese caso, los procedimientos serían aplicables y, por supuesto, Naciones Unidas podrían enviar ayuda humanitaria,” precisa
Pregunta acuciante
Harry Wijnberg, de la organización Espacio Vital para Refugiados Ecológicos, espera que pronto se establezca una nueva definición de “inmigrante ecológico”. A su juicio, la comunidad internacional no debe reaccionar ad hoc, sino debe considerar como su deber ofrecer un nuevo régimen de protección para refugiados o inmigrantes ecológicos bajo los estatutos de la Convención de Ginebra. Ahora, la pregunta más acuciante es si “refugiados nucleares” como los de Japón también se incluirán en el grupo.



























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